Con fecha 30 de marzo de 2020, la Confederación Española de Organizaciones Empresariales presentó ante la Dirección General de Trabajo un escrito haciendo varias preguntas sobre interpretación y alcance de las medidas extraordinarias laborales adoptadas por el Gobierno por el COVID-19. En respuesta a esas preguntas, la Dirección General de Trabajo ha emitido el 11 de abril de 2020 un Oficio informando e interpretando las medidas adoptadas. De todas las consideraciones realizadas por éste organismo, a continuación se identifican y resumen
Hasta la reforma del art. 1.964 del Código Civil, introducida por la Ley 42/2015 de 5 de octubre, el plazo general era de 15 años, sin embargo y tras la entrada en vigor de la citada ley el 7 de octubre, el plazo de prescripción para reclamar las facturas impagadas se reduce a 5 años. Este plazo resulta de aplicación a todas aquellas acciones que no tienen fijado un plazo concreto, con independencia de la cuestión doctrinal que debate si este
La expansión del Covid-19 ha tenido un gran impacto económico y social, dejando en consecuencia la toma necesaria de medidas de regulación de empleo para, en la medida de lo posible, preservar la actividad económica. Dada la excepcionalidad del coronavirus sobre los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE’s) y la complejidad sobre en qué casos se puede aplicar las causas de fuerza mayor, el 19 de marzo de 2020, la Dirección General de Trabajo remitió a las autoridades laborales de
Con la publicación del Real Decreto 11/2020, de 31 de marzo, se han aprobado medidas dirigidas a familias y colectivos vulnerables, entre ellas, medidas para ayudar a las personas que no pueden afrontar el pago de las rentas del alquiler o las cuotas de la hipoteca. Medidas extraordinarias sobre el alquiler ¿Quién se puede beneficiar de esta medida? A) Todo persona física que esté en, situación de desempleo, Expediente Temporal de Regulación de Empleo (ERTE), o haya reducido su jornada por motivo
Ante la situación de emergencia de salud pública por el COVID-19, el Gobierno de España viene adoptando medidas urgentes de ámbito económico y social. Todas estas medidas están recogidas en los siguientes Reales Decretos-leyes: el Real Decreto-ley 6/2020, de 10 de marzo, por el que se adoptan determinadas medidas urgentes en el ámbito económico y para la protección de la salud pública; el Real Decreto-ley 7/2020, de 12 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes para responder al
Una de las cuestiones que se suscitan en la actualidad es la siguiente: ¿cómo es el silencio administrativo en los ERTE de fuerza mayor? ¿se considera positivo? Como es sabido, el silencio administrativo en procedimientos iniciados a instancia del propio interesado, según lo establecido en el art. 24 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administración Públicas, se entiende, como regla general, en sentido positivo y ello debe entenderse también aplicable al caso particular
El domingo 29 de marzo de 2020, a las 23:40, el Gobierno publica en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto-ley 10/2020, de 29 de marzo, por el que se regula un permiso retribuido recuperable para las personas trabajadoras por cuenta ajena que no presten servicios esenciales, con el fin de reducir la movilidad de la población en el contexto de la lucha contra el COVID-19. A continuación, analizamos las princpales cuestiones, condiciones y límites de este permiso retribuido
El 28 de marzo de 2020, se publicó en el BOE el Real Decreto-Ley 9/2020, de 27 de marzo, por el que se adoptan medidas complementarias, en el ámbito laboral, para paliar los efectos derivados del COVID-19. La justificación de estas medidas complementarias según el Real Decreto es: “arbitrar nuevas medidas e instrumentos que contribuyan a paliar los efectos de esta crisis sanitaria sobre las personas trabajadoras de nuestro país”. A continuación y de una forma esquemática, analizamos la principales
La incidencia de la pandemia alcanza unas consecuencias sin precedentes en todos los ámbitos. En este artículo, desde LegaleGo abogados en Granada, analizamos la posibilidad de Resolución o modificación de un contrato por el COVID-19. En materia contractual, como es sabido, prima el principio de conservación de los vínculos jurídicos vigentes y el de justo equilibrio de las prestaciones, garantizando así la igualdad de las partes y las obligaciones que a cada uno competen. La legislación civil no contempla ninguna
En este post identificamos las consecuencias del COVID-19 en el ámbito administrativo.El Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declaró el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 (en adelante RD 463/2020), estableció una serie de medidas que tienen por objeto frenar la expansión del virus. Para ello y habilitado por el artículo 116 de la Constitución y por primera vez desde su aprobación, el Estado limita