Anulación del Reglamento de Participación Ciudadana de Barcelona

//Anulación del Reglamento de Participación Ciudadana de Barcelona
Detalles del Caso

Anulamos un reglamento de Cataluña que no respetó la legislación

Descripción del caso

El veinticinco de octubre de dos mil diecinueve, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña dictaba sentencia tras la interposición de recurso contencioso-administrativo contra el  Reglamento de Participación Ciudadana de la ciudad de Barcelona. . Este fue aprobado dos años antes por el gobierno de Ada Colau. Sin embargo, tras un análisis del procedimiento que se había llevado a cabo para su aprobación, encontramos defectos tanto de forma, como de fondo.

Así, LegaleGo Servicios Jurídicos, bajo la dirección de nuestro Director Sergio Oya, y con el asesoramiento de Don Estanislao Arana, catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad de Granada, interponía dicho recurso contra la aprobación de este Reglamento, que ampara las consultas ciudadanas, en representación de la Asociación de Abogados Catalanes por la Constitución..

Ilegalidades

Pero, ¿cuáles fueron esas ilegalidades? La elaboración y aprobación de estas normas requiere en todo caso el sometimiento de dicho texto a información pública. De manera inicial, el Reglamento  sí fue sometido a información pública. Sin embargo, no lo fue tras modificaciones sustanciales esenciales, que iban a constituir la que iba a ser la futura norma. Esto fue lo que inició la pretensión de la Asociación de Abogados Catalanes por la Constitución, y lo que les llevó a querer contar con una defensa encabezada por LegaleGo Servicios Jurídicos. Era algo paradójico el omitir un trámite así, mas cuando se trata de un reglamento de “participación ciudadana”.

A pesar de que el Ayuntamiento demandado defendía la inadmisibilidad del recurso, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña dictaminó que dicho Reglamento era nulo de pleno derecho. Esto se estableció en base a que al haber omitido un trámite esencial en su procedimiento de aprobación, era declarado contrario a la ley. Por otro lado, tampoco se había recabado la necesaria autorización del Gobierno de la Nación, la cual requiere la Ley de Bases de Régimen Local en su artículo 71.

Resolución

Tras el procedimiento iniciado por LegaleGo Servicios Jurídicos de la mano del letrado Sergio Oya Valverde , dicho Tribunal estimaba el recurso contencioso-administrativo contra el Reglamento catalán. Además, imponía al Ayuntamiento de Barcelona las costas del mismo.

Desde el equipo de LegaleGo nos gusta compartir y transmitir el orgullo que supone conseguir la nulidad de un Reglamento que no respetó la legislación catalana ni la estatal para su aprobación.

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