Abogados Derecho Administrativo
El abogado contencioso administrativo es especialista en este tipo de procedimientos judiciales. La Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso Administrativa regula los procesos judiciales en relación con la actuación de las Administraciones públicas sujeta al Derecho Administrativo, con las disposiciones generales de rango inferior a la Ley y con los Decretos legislativos cuando excedan los límites de la delegación.
¿Cuándo recurrir a un abogado contencioso administrativo?
Cuando un ciudadano observa que la Administración central, autonómica o local, está traspasando los límites que la Ley dicta, por su actividad o inactividad, y ha agotado todos los recursos administrativos existentes en derecho administrativo, debe recurrir a un abogado especialista en derecho Contencioso Administrativo para presentar un recurso en los Juzgados o Tribunales.
¿Por qué motivos se puede interponer un recurso contencioso administrativo?
El abogado contencioso administrativo puede plantear un recurso a favor de su cliente para proteger sus intereses frente a los de la Administración. Por ejemplo, por:
- Impago de facturas
- Reintegro de subvenciones
- Contratación pública
- Multas y sanciones administrativas
- Exigir indemnización por daños por mal funcionamiento de la Administración
- Expropiaciones
- Trato desigualitario
- Intervención en el mercado y competencia
- Cuestiones urbanísticas
- etc.
¿Hay probabilidad de éxito con el abogado contencioso administrativo?
Según estadísticas de la Administración Tributaria, la mayoría de los recursos contencioso-administrativos planteados por los contribuyentes ante juzgados y tribunales, obtienen un resultado positivo.
¿Cuándo se debe interponer el recurso contencioso administrativo?
Hay diferentes plazos según el tipo de recurso que se plantee. Según la cuantía y la materia, podremos estar ante un procedimiento abreviado o ante un procedimiento ordinario. Ambos, tienen trámites y plazos diferentes. Es importante interponer el recurso con la mayor brevedad posible para evitar que los plazos de impugnación prescriban, y por tanto la Administración salga ganando. En cualquier caso y desde que tenemos la resolución expresa, el plazo para interponer el recurso contencioso administrativo es de 2 meses.