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Me han puesto una hoja de reclamaciones, ¿qué hago ahora?

Todos los consumidores o usuarios tienen derecho a solicitar en cualquier tienda, establecimiento u oficina una hoja de reclamaciones a cualquier persona empleada de la empresa en donde se comercialice el producto o se preste el servicio. El establecimiento, en este sentido, deberá obligatoriamente de forma inmediata y gratuita facilitar la hoja de reclamaciones. Esta hoja deberá facilitarse incluso en el caso de que el establecimiento no haya llegado a realizar entrega de bienes ni prestación de

Cláusulas suelo: ¿devolución total?

Si hasta ahora la tendencia jurisprudencial en el panorama jurídico español ha ido encaminada a la devolución de cantidades cobradas de más de forma retroactiva hasta el 9 de mayo de 2013, con el fin de evitar demasiados desequilibrios en la solvencia del sector bancario, puede estar al llegar una nueva sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, mediante la que se determine la devolución de todas las cantidades desde que se firmaron las hipotecas. Esto se recoge en el quinto

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GRUPO LEGALEGO 16 SL ha sido beneficiaria del Fondo Europeo de Desarrollo Regional cuyo objetivo es Potenciar la investigación, el desarrollo tecnológico y la innovación, y gracias al que ha desarrollado un estudio de mrcado para apoyar la creación y consolidación de empresas innovadoras. [21/03/2019]. Para ello ha contado con el apoyo del Programa InnoCámaras de la Cámara de Comercio de [nombre de la Cámara].