Elegir el nombre de un producto es una decisión estratégica. En el sector de los complementos alimenticios, además de sintonizar con tu público objetivo, ese nombre debería poder protegerse legalmente. Registrar una marca te otorga un derecho exclusivo que facilita construir reputación, diferenciarte de la competencia y defenderte frente a imitaciones. Sin embargo, no todos los nombres son registrables y, si no planificas bien, puedes invertir en branding y packaging para descubrir más tarde que no puedes registrar como marca el nombre
Imagínate esta escena: un día cualquiera, sin previo aviso, recibes la visita de los inspectores de Salud Pública en tu almacén de distribución. Revisan tus complementos alimenticios, toman notas, levantan un acta… y, de repente, lo que parecía una simple inspección rutinaria se convierte en una pesadilla: ordenan la inmovilización cautelar de todo tu stock. Más de 350 productos quedan bloqueados. No puedes moverlos, no puedes venderlos, no puedes atender los pedidos de tus clientes…. Comienza
La Regulación de la UE sobre productos libres de deforestación (EUDR) —Reglamento (UE) 2023/1115— constituyen el régimen jurídico de los EUDR que prohíbe introducir en el mercado de la UE, comercializar o exportar determinadas materias primas (ganado bovino, cacao, café, palma aceitera, caucho, soja y madera) y una amplia gama de productos derivados. Todo ello salvo que sean libres de deforestación, se hayan producido conforme a la legislación pertinente del país de producción y estén amparados por