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Real Decreto Ley 15/2020

Nuevas medidas adicionales en “apoyo a la economía” por el COVID-19 aprobadas por el Real Decreto Ley 15/2020

El pasado 22 de abril de 2020, se ha pulblicado en el BOE el Real Decreto Ley 15/2020, de medidas urgentes complementarias para apoyar la economía y el empleo. Este Real Decreto Ley 15/2020 aprueba un paquete de medidas que refuerzan, complementan y amplían las anteriores aprobadas por el Gobierno debido al impacto del Covid-19. La finalidad de este nuevo Real Decreto es responder a las necesidades que surgen tras la prolongación de la situación excepcional en la que nos encontramos,

Ley de Segunda Oportunidad

Ley de Segunda Oportunidad para particulares y autónomos

Desde el 2015, con la entrada en vigor de la denominada Ley de Segunda Oportunidad se estableció la posibilidad de declaración de insolvencia, extendiéndose la opción de suspensión de pagos o concurso de acreedores, propia de las empresas, a particulares y autónomos, permitiendo así que quieres se encuentran en una situación económica extrema puedan responder con su patrimonio a cambio de ver liberado de la totalidad de la deuda, brindándole una suerte de “segunda oportunidad”.  ¿Es posible declararse insolvente por

suspensión del pago del alquiler del local

Suspensión del pago del alquiler del local por el Coronavirus

¿Puedo realizar la suspensión del pago del alquier del local durante el estado de alarma? Muchos empresarios y autónomos con locales de negocio alquilados, se preguntan ahora si, debido a las circunstancias excepcionales en que actualmente vivimos, por la crisis del Covid-19, podría plantearse una posible exoneración del pago de los alquileres del local de negocio, ello basado en la grave situación económica a la que ahora se ven expuestos. Planteamiento Lo cierto es que nos encontramos ante una situación sin precedentes, por lo

causas de fuerza mayor

¿Tengo que incorporar al personal cuando termine el estado de alarma?

Con fecha 30 de marzo de 2020, la Confederación Española de Organizaciones Empresariales presentó ante la Dirección General de Trabajo un escrito haciendo varias preguntas sobre interpretación y alcance de las medidas extraordinarias laborales adoptadas por el Gobierno por el COVID-19. En respuesta a esas preguntas, la Dirección General de Trabajo ha emitido el 11 de abril de 2020 un Oficio informando e interpretando las medidas adoptadas. De todas las consideraciones realizadas por éste organismo, a continuación se identifican y resumen

Pautas sobre los ERTE

Pautas sobre los ERTE según Inspección de Trabajo

La expansión del Covid-19 ha tenido un gran impacto económico y social, dejando en consecuencia la toma necesaria de medidas de regulación de empleo para, en la medida de lo posible, preservar la actividad económica. Dada la excepcionalidad del coronavirus sobre los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE’s) y la complejidad sobre en qué casos se puede aplicar las causas de fuerza mayor, el 19 de marzo de 2020, la Dirección General de Trabajo remitió a las autoridades laborales de

medidas urgentes complementarias

Medidas urgentes complementarias adoptadas por el Real Decreto Ley 11/2020 que afectan a autónomos y empresarios

Ante la situación de emergencia de salud pública por el COVID-19, el Gobierno de España viene adoptando medidas urgentes de ámbito económico y social. Todas estas medidas están recogidas en los siguientes Reales Decretos-leyes: el Real Decreto-ley 6/2020, de 10 de marzo, por el que se adoptan determinadas medidas urgentes en el ámbito económico y para la protección de la salud pública; el Real Decreto-ley 7/2020, de 12 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes para responder al

permiso recuperable retribuido

¿Qué actividades se consideran esenciales a efectos del permiso retribuido recuperable?

El domingo 29 de marzo de 2020, a las 23:40, el Gobierno publica en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto-ley 10/2020, de 29 de marzo, por el que se regula un permiso retribuido recuperable para las personas trabajadoras por cuenta ajena que no presten servicios esenciales, con el fin de reducir la movilidad de la población en el contexto de la lucha contra el COVID-19. A continuación, analizamos las princpales cuestiones, condiciones y límites de este permiso retribuido

conseuencias del COVID-19 en el ámbito administrativo

Las consecuencias del COVID-19 en el ámbito administrativo

En este post identificamos las consecuencias del COVID-19 en el ámbito administrativo.El Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declaró el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 (en adelante RD 463/2020), estableció una serie de medidas que tienen por objeto frenar la expansión del virus. Para ello y habilitado por el artículo 116 de la Constitución y por primera vez desde su aprobación, el Estado limita

Medidas extraordinarias adoptadas por el coronavirus

Guia sobre las medidas extraordinarias adoptadas por el Coronavirus que afectan a Autónomos y Empresas

Con fecha 14 de marzo de 2020 se publicó en el BOE el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declaraba en España el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. Si bien esta norma no regulaba ni detallaba la situación económica o empresarial sí incidía en varios de sus preceptos en la actividad comercial al regular la circulación de las personas como explicamos en nuestro post

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GRUPO LEGALEGO 16 SL ha sido beneficiaria del Fondo Europeo de Desarrollo Regional cuyo objetivo es Potenciar la investigación, el desarrollo tecnológico y la innovación, y gracias al que ha desarrollado un estudio de mrcado para apoyar la creación y consolidación de empresas innovadoras. [21/03/2019]. Para ello ha contado con el apoyo del Programa InnoCámaras de la Cámara de Comercio de [nombre de la Cámara].