La Junta Consultiva recomienda no exigir inscripción en el ROLECE temporalmente

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Debido a la dificultad que están teniendo las empresas para inscribirse en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público (ROLECE) por el gran número de solicitudes que ha recibido el sistema, la Junta Consultiva de Contratación pública ha realizado una recomendación no vinculante a las Administraciones para que esta inscripción deje de ser obligatoria de manera temporal hasta que se atiendan correctamente todas las solicitudes.

Así, como señala la Recomendación y a título de ejemplo, en los meses de julio y agosto de 2018 el número de solcitudes de inscripción recibidas por el ROLECE se multiplicó casi por diez respceto a las recibidas en iguales meses del año anterior.

En este post explicaremos algunos detalles que la Junta Consultiva expone en la Recomendación oficial que lanzó a finales de septiembre.

  • Seis meses más tarde de la aprobación de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público, la inscripción en el ROLECE pasó a tener un carácter de obligatoriedad para que las empresas accedieran a las licitaciones. Pese a que se trataba de un requisito “indiscutible”, la ley contempló que podrían darse problemas de “concurrencia” en la plataforma.
  • Como dicha Ley exige “mantener la libertad de acceso a las licitaciones”, porque cree en que “una mayor concurrencia supone la posibilidad de obtención de una mejor proposición de los licitadores”, el sistema no está cumpliendo el principio de rapidez por el que nació.
  • El procedimiento abierto simplificado “nace con la vocación de convertirse en un procedimiento muy ágil que por su diseño debería permitir que el contrato estuviera adjudicado en el plazo de un mes desde que se convocó la licitación”
  • Dicho esto, el ROLECE tiene el fin de ser “un sistema que agiliza la tramitación del procedimiento de selección del contratista”, más que una mera “formalidad autoimpuesta y excesiva”.

Por estos motivos, la Recomendación establece que no es exigible demandar la inscripción en el ROLECE a las empresas, ya que no está cumpliendo la razón de ser de este procedimiento, la rapidez en la gestión de contratación, y por tanto se ha convertido de forma temporal en un gran problema para Administraciones y licitadores.

Así la Junta Consultiva estableció que cuando “tenga conocimiento de que esta situación provisional que afecta al funcionamiento del ROLECE ha quedado solventada”  trasladará de nuevo a la Administración la necesidad de cumplir con este requisito de inscripción establecido por la ley.

Si bien muchas Administaciones seguirán esta Recomendación, puede ser que algunas no lo hagan. En ese caso, desde LegaleGo recomendamos presentar la solicitud en el ROLECE junto con la Recomendación de la Junta Consultiva. Cualquier consulta referente a esta situación temporal del ROLECE, no dude en consultarnos sin ningún compromiso.

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