¿Preparado para una inspección de trabajo?

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Los inspectores de trabajo realizan visitas, muchas veces inesperadas, a cualquier tipo de empresa para asegurarse de que se cumplen todas las responsabilidades legales que exige la ley, y durante la crisis del Covid-19 la inspección de trabajo está al orden del día. De hecho la inspección de trabajo ha iniciado una campaña específica a empresas por el coronavirus.

En esta entrada explicaremos los entresijos de dichas visitas para que, como máximo responsable de la organización, tengas todo en orden y tu equipo sepa actuar ante la posible sorpresa.

¿Quién realiza la inspección de trabajo y por qué?

Un inspector de trabajo o un subinspector de empleo. Los Inspectores de Trabajo y Seguridad Social son auxiliados por los miembros del Cuerpo de Subinspectores Laborales (hasta hace poco Cuerpo de Subinspectores de Empleo y Seguridad Social), que cuenta con dos escalas especializadas: la escala de Empleo y Seguridad Social, y la escala de Seguridad y Salud Laboral.

Una inspección no requiere una denuncia previa. Se trata de un procedimiento rutinario de control y seguridad.

¿Qué ley regula la inspección de trabajo?

La Inspección de Trabajo se regula por la Ley 23/2015, de 21 de julio, Ordenadora del Sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social, pendiente de desarrollo reglamentario.

¿Qué te puede pedir el inspector de trabajo en una inspección?

El inspector, además de pedirte de que le acompañes en su visita por tu empresa e identifiques a las personas que se encuentran allí, puede hacer mediciones o solicitar documentación.

Puede reclamar, entre otros documentos, la inscripción de la empresa en la Seguridad Social, justificante de pago de la Seguridad Social, el documento acreditativo del Impuesto sobre Actividades Empresariales (IAE) o la escritura de la constitución de la sociedad.

Si tienes contratados a otros profesionales, también te puede pedir, entre otros escritos, el recibo de salarios, el parte de alta y baja de trabajadores, los contratos de trabajo presentados ante la oficina de empleo, el resumen horas extraordinarias, la autorización de trabajo o la documentación de los trabajadores extranjeros contratados.

¿Qué NO hacer durante una inspección laboral?

Si cometes una acción que retrase, perturbe o impida al inspector realizar su cometido tiene consecuencias legales. Las infracciones leves son aquellas relativas al hecho de retrasar documentos o información solicitada por el inspector. Se constituyen como infracciones graves:

      • cualquier acción del empresario o de sus representantes para impedir la entrada o permanencia en el centro de trabajo de los inspectores o subinspectores,
      • no identificarse o no identificar a las personas que se encuentran en dicho centro realizando cualquier actividad,
      • coaccionar, amenazar o ejercer cualquier tipo de violencia sobre los funcionarios
      • o no colaborar con estos.

¿Qué hacer ante una sanción de trabajo?

Si tras la inspección de trabajo el inspector observa alguna irregularidad, puede levantar un acta de infracción desde el día de la visita, hasta dentro de un plazo de 9 meses. Dicho esto, el acta no tiene que coincidir con el día de la inspección.

Una vez levantado el acta, recibirás una notificación por correo certificado antes de un plazo de diez días. Si se te notifica más tarde, se podría anular el procedimiento. También puede ser el mismo en caso si hay erratas en el documento.

Cuando lo recibas, tendrás 15 días hábiles para presentar alegaciones y podrás adjuntar las pruebas que acrediten que no has cometido infracción alguna.

Aunque el afectado no acepte la notificación o esté ausente del domicilio, el procedimiento seguirá su curso y la Administración terminaría aceptando la propuesta de sanción.

Una vez notificada la resolución, se dispondrá de un mes para interponer un recurso.

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