No somos ajenos a lo ocurrido durante los últimos días en Valencia. La DANA (Depresión Aislada en Niveles Altos), anteriormente conocida como ‘gota fría’, ha dejado tras de sí un importante reguero de destrucción, afectando a viviendas, negocios, vehículos… y lo que es más importante, la vida de cientos de personas.
Esta situación ha generado una gran incertidumbre entre los supervivientes, quienes se preguntan qué opciones tienen para recuperar lo perdido y cómo los seguros y el Consorcio de Compensación de Seguros pueden ayudar durante todo este proceso.
Por ello hemos preparado esta pequeña guía, para conocer paso a paso qué hacer en caso de estar afectado. Pero antes, veamos qué es el Consorcio y en qué nos puede ayudar.
Índice
- 1 ¿Qué es el Consorcio de Compensación de Seguros y cómo puede ayudar a los damnificados de la DANA?
- 2 Mi vivienda ha sido afectada, ¿qué pasos tengo que seguir?
- 3 Mi vehículo ha sido dañado, ¿qué hago ahora?
- 4 Mi negocio ha sido afectado, ¿cómo reclamo?
- 5 Declaración de zona catastrófica: ¿Qué implica y cómo afecta a los damnificados?
- 6 Recursos útiles
- 7 Compártelo:
¿Qué es el Consorcio de Compensación de Seguros y cómo puede ayudar a los damnificados de la DANA?
El Consorcio de Compensación de Seguros es un organismo público dependiente del Ministerio de Economía, Comercio y Empresa que ofrece protección y cobertura en situaciones en las que las aseguradoras tradicionales no pueden o no están obligadas a intervenir. Su forma de actuar es similar a un fondo de garantía que protege a los asegurados en casos de catástrofes naturales y otros eventos de carácter extraordinario.
En casos como la DANA, donde han sido las lluvias y posteriores riadas las que han provocado daños de forma generalizada, el Consorcio se convierte en la primera línea de ayuda para los damnificados que cuentan con un seguro de daños.
Según información publicada el pasado 29 de octubre de 2024 por el propio Consorcio, en relación al fenómeno de la DANA se especifica lo siguiente:
- Los daños por inundación extraordinaria sí son indemnizados por el Consorcio.
- Asumen directamente con sus propios medios la gestión y el pago de las solicitudes de indemnización que se reciban, previa valoración de daños.
- El requisito imprescindible para acceder a la cobertura del Consorcio es que la persona o el bien afectado deben estar asegurados y tener su seguro en vigor en el momento de producirse los incidentes.
- Se indemnizarán los daños producidos a las personas aseguradas y los bienes asegurados, ya sean viviendas, vehículos o comercios.
- El Consorcio indemnizará según los capitales asegurados y las cláusulas del contrato del seguro.
- La indemnización será por los daños materiales producidos por la inundación y los inmateriales que sean consecuencia de la misma. Además, también cubrirá los gastos de alojamiento derivados de la inhabitabilidad de la vivienda o la pérdida de ingresos por la paralización de establecimientos comerciales o industriales.
Mi vivienda ha sido afectada, ¿qué pasos tengo que seguir?
En los casos de las viviendas particulares, el Consorcio cubre tanto los daños estructurales como los daños en bienes muebles que se encuentren en el hogar. Es importante disponer de una lista detallada de las pertenencias dañadas para facilitar su peritaje.
El procedimiento para recibir cobertura del Consorcio es el siguiente:
- Llamar al centro de atención telefónica del propio Consorcio al 900 222 665
- O cumplimentar la información en los formularios online de consorseguros.es
- Adjuntar en la solicitud toda la información disponible como fotografías, facturas, o documentos que justifiquen los daños sufridos
- Se producirá el peritaje
Según las últimas informaciones del Consorcio, y a fecha de redacción de este artículo (5 de noviembre de 2024) la línea de atención telefónica se encuentra saturada, siendo recomendable cumplimentar los formularios online.
Mi vehículo ha sido dañado, ¿qué hago ahora?
Respecto a los vehículos, el Consorcio también puede cubrir los daños, siempre y cuando el vehículo disponga del seguro obligatorio en vigor.
Los pasos a seguir son los siguientes:
- Comprobar que el seguro está en vigor
- Contactar con el Consorcio (preferiblemente vía online en consorseguros.es)
- Presentar la póliza del seguro
- Presentar las pruebas de los daños (fotografías o informes)
- Una vez registrada la reclamación se peritará evaluando el coste de los daños a fin de determinar la indemnización
IMPORTANTE: Para todos aquellos que cuentan con seguros a todo riesgo o con coberturas adicionales, es recomendable consultar con la aseguradora, ya que se podría recibir una compensación mayor.
Mi negocio ha sido afectado, ¿cómo reclamo?
Los negocios dañados por la DANA también pueden recibir cobertura del Consorcio de Compensación de Seguros si contaban con un seguro de daños. En estos casos, los empresarios deberán en un inicio contactar con el Consorcio por los canales descritos anteriormente para iniciar el proceso de reclamación, aportando la documentación necesaria, incluyendo estado de inventarios y facturas de los bienes dañados en caso posible.
Cómo proceder en caso de tener un negocio o industria afectado:
- Recopilar toda la documentación disponible, incluyendo inventarios y facturas de los bienes dañados
- Contactar con el Consorcio (preferiblemente vía online en consorseguros.es)
- Presentar la póliza del seguro
- Una vez registrada la reclamación se peritará evaluando el coste de los daños a fin de determinar la indemnización
Se recomienda evaluar las pérdidas y documentar los daños, mediante un detallado informe donde se recoja claramente las instalaciones, maquinaria y productos afectados.
En caso de declararse zona catastrófica, las empresas también podrán acogerse a las líneas de ayuda adicionales y exención de ciertos pagos de impuestos.
Declaración de zona catastrófica: ¿Qué implica y cómo afecta a los damnificados?
A la fecha de redacción de este artículo no se ha decretado el estado de zona catastrófica, pero adelantamos qué ocurriría en caso de producirse este hecho.
La declaración de zona catastrófica puede proporcionar una serie de beneficios adicionales a los damnificados, pero no es un requisito para que el Consorcio actúe. Sin embargo, cuando se declara una zona como catastrófica, los damnificados pueden acceder a:
- Ayudas y subvenciones adicionales: Tanto estatales como autonómicas.
- Agilización de trámites y exenciones fiscales: Los afectados pueden beneficiarse de exenciones en ciertos impuestos y tasas, además de acceder a fondos específicos para la recuperación.
En caso de que no se declare como zona catastrófica, los damnificados deben contar exclusivamente con la cobertura del Consorcio y las aseguradoras privadas, limitando las ayudas adicionales.
La recomendación para los damnificados es seguir con el proceso de reclamación independientemente de la declaración de catástrofe, aunque se recomienda estar atentos sobre las novedades acerca de ayudas adicionales.
Recursos útiles
Para los damnificados por la DANA la clave es actuar rápidamente y seguir los pasos necesarios para presentar una reclamación al Consorcio de Compensación de Seguros. Recordamos estos consejos finales:
- Documentar los daños: El uso de fotografías, vídeos, facturas… son fundamentales para agilizar los procesos.
- Consultar ayudas adicionales: En caso de declararse zona catastrófica es posible acceder a más ayudas, por lo tanto, es muy importante mantenerse informado.
- Usar los recursos disponibles: En la web del Consorcio y los portales de las comunidades afectadas o el gobierno central, los afectados pueden encontrar formularios, líneas de ayuda y guías de contacto.
Por supuesto, contar con especialistas y profesionales también puede ser un gran aliado. Desde LegaleGo queremos ayudar a los damnificados que lo soliciten en sus trámites, identificando los bienes asegurados, aclarando las cláusulas de los seguros o las diferentes dudas que puedan ir surgiendo por el camino.
Todo el equipo que formamos LegaleGo mostramos nuestra solidaridad con las familias afectadas.
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