A partir del próximo 2 de julio entra en vigor la nueva Ley de Enjuiciamiento Civil cuyo fin es dar una respuesta ágil y efectiva al problema de la ocupación ilegal de viviendas en España, desalojando al ocupante por la fuerza si este se resiste.
La nueva ley será aplicable a viviendas de particulares, de entidades sin ánimo de lucro y, también, de aquellas que pertenezcan a la administración pública. No existe distinción entre viviendas de uso habitual y segunda vivienda, pero la ley no abarca los locales de negocio.
Son muchos los propietarios que han sufrido ocupaciones en sus titularidades durante meses, e incluso años. Por ello el principal objetivo de esta ley es expulsar a los ocupas en cuestión de días.
Sin embargo, esta ley de desalojo no es aplicable a personas que dejan de pagar la cuota de alquiler, la cuota hipotecaria, ni a personas que ocupan vivienda de grandes especuladores o fondos buitres. Solo es aplicable si son viviendas que han sido ocupadas sin el consentimiento de los propietarios.
El nuevo procedimiento de desalojo exprés consta de los siguientes pasos:
- Cuando el propietario detecta la usurpación de su propiedad, debe presentar una demanda acompañada de los documentos que le acreditan como titular de la vivienda.
- La demanda podrá dirigirse a la generalidad de los ocupantes de la vivienda, aunque se desconozca el autor del despojo.
- Con la demanda, el demandante puede solicitar la inmediata entrega de la vivienda, pudiendo estar acompañado de agentes de seguridad en el momento del reclamo.
- Los ocupantes tendrán el plazo de 5 días para justificar la posesión de la vivienda
- Si no la entregan, el tribunal ordenará la entrega inmediata de la vivienda al propietario y el consecuente desalojo de los ocupantes que se encuentren in situ.
- En el plazo de 7 días los desalojados podrán atenerse a las medidas de protección que en su caso procedan, por mediación de los servicios públicos competentes.
- Si estos no presentan ninguna alegación que justifique la posesión de la vivienda en el plazo establecido, se procederá a dictar sentencia de inmediato.
Si usted está siendo víctima de la ocupación ilegal de una vivienda no dude en solicitarnos más información sobre el procedimiento. Nuestro equipo de profesionales está a su disposición sin ningún compromiso.
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