Llegan las comidas de empresa… ¿podemos tener problemas legales?

//Llegan las comidas de empresa… ¿podemos tener problemas legales?
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Las cenas o comidas de empresa, son momentos ideales para fortalecer los lazos entre colegas y celebrar los logros del equipo. Sin embargo, detrás de la diversión y las risas, pueden surgir situaciones que desemboquen en problemas legales inesperados. En este artículo, exploraremos algunos escenarios potenciales y ofreceremos consejos para prevenir conflictos legales en estos eventos empresariales.

Responsabilidad por Accidentes:

Las comidas de empresa suelen tener lugar en restaurantes o lugares de entretenimiento, lo que aumenta el riesgo de accidentes. Desde resbalones y caídas hasta situaciones más graves, la empresa puede ser considerada responsable si el evento está relacionado con el trabajo.

El consumo de alcohol es común en estos eventos, y la empresa puede enfrentar problemas legales si un empleado se ve involucrado en un accidente de tráfico después de las comidas de empresa.

A pesar de que no existe una normativa específica que lo regule, y habrá que analizar cada caso de forma particular, el artículo 156 de la Ley General de la Seguridad Social indica que, por accidente laboral se entiende “toda lesión corporal que el trabajador sufra con ocasión o por consecuencia del trabajo que ejecute por cuenta ajena”.

Por tanto, se considerará accidente laboral el accidente que ocurra de camino o de regreso a un evento que haya organizado la empresa y no los compañeros de trabajo como es la comida de navidad.

Obligatoriedad de la asistencia a las comidas de empresa:

La asistencia a las cenas y comidas de empresa no puede establecerse como obligatoria para el trabajador y el despido por este motivo se considerará un despido improcedente. No obstante, si el evento se celebra en horario laboral, se puede exigir a los trabajadores que no deseen asistir, que cumplan con su jornada laboral.

Si la celebración coincide con las vacaciones o periodo de baja del trabajador y éste no estaba informado al solicitar las vacaciones, tendrá derecho a modificar la fecha si así lo desea. En cambio, si el empleado prefiriese continuar con sus vacaciones o tuviese algún otro compromiso justificado, no podrá reclamar el importe de la comida en ningún otro formato, ya que se trata de una aportación voluntaria de la empresa, y en ningún caso, una compensación obligatoria.

Discriminación y acoso:

Las celebraciones pueden llevar a comportamientos inapropiados, como comentarios discriminatorios o acosadores. Es fundamental que se promueva un ambiente respetuoso y establezcan políticas claras en relación con el comportamiento en eventos sociales.

Como parte de estas políticas se debe incluir un canal de denuncia confidencial a través del cual los empleados puedan poner en conocimiento cualquier caso de acoso o discriminación en el contexto laboral, incluyendo también aquellos que puedan darse en cualquier evento promovido por la empresa, como es la cena o la comida de Navidad. Y cuidado con los compañeros que no queremos que vayan a la comida de navidad… podrán reclamarlo como acoso moral.

Pero no sólo se deberá tener cuidado con los comentarios entre compañeros, sino también los comentarios referidos al jefe. Si se graba un vídeo donde aparezca algún trabajador insultando al jefe y este lo ve, el artículo 54.2c del Estatuto de los Trabajadores recoge, que cuando se ofenda al empresario, a los empleados de la empresa o a sus familiares, el empresario podría aplicar un despido disciplinario al trabajador y esto quitaría el derecho a indemnización.

Entrega de obsequios:

También es importante recordar que los regalos de navidad en el lugar de trabajo no pueden ser considerados como parte del salario de los empleados. Por tanto, cualquier obsequio por parte de la empresa es considerado como un acto de generosidad y no una obligación laboral.

Tampoco se puede exigir a los empleados que participen de forma activa en la compra de regalos para sus compañeros de trabajo o miembros del equipo directivo en caso de que se celebre el típico amigo invisible.

Las comidas de empresa son una excelente oportunidad para fortalecer la cultura organizacional, pero también presentan riesgos legales que no deben subestimarse.

Al abordar estas cuestiones de manera proactiva y establecer pautas claras, las empresas pueden disfrutar de eventos sociales exitosos sin preocupaciones legales innecesarias.

Recuerda que la prevención es clave para mantener un ambiente laboral positivo y evitar conflictos legales posteriores. ¡Celebremos de manera segura y responsable!

 

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