El periódico Ideal Jaén se hace eco del caso que hemos ganado sobre urbanismo en “Las Infantas”

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Tras dos años de procedimiento judicial, se hace justicia gracias a nuestros abogados urbanismo. Hace una semana recibimos una gran y esperada Sentencia del Juzgado de Jaén. Nos dan la razón y anula todo el procedimiento urbanístico de desarrollo de la Unidad de Ejecución de las Infantas, en Jaén. Noticia que el pasado 3 de junio publicó Ideal Jaén.

Nuestro cliente, como propietaria de terrenos afectados por la Unidad de Ejecución U-30 “Las Infantas” del Plan General de Ordenación Urbanísticas de Jaén (PGOU, en adelante), participó durante toda la tramitación del procedimiento de constitución de la Junta de Compensación. Sin embargo, en ningún momento se le notificó la aprobación definitiva de los Estatutos y Bases ni le comunicó, notificó o requirió para la constitución de la Junta de Compensación (necesaria y previa para el desarrollo urbanístico del terreno).

El 20 de septiembre de 2006, el promotor del suelo presentó original de escrituras de Junta de Compensación de la UE-30 del PGOU de Jaén para continuar con la tramitación del expediente de esa Unidad de Ejecución. A nuestro cliente, sin embargo, nadie le avisó ni le notificó para que compareciera a la constitución de esta Junta de Compensación a pesar de acreditar y comprobar por el Ayuntamiento de Jaén, que era propietaria de terrenos en la UE-30 del PGOU

Resulta que, sorprendentemente y sin justificación alguna, desaparece Doña Isabel como propietaria y aparece como propietario el Excmo. Ayuntamiento de Jaén de unos suelos de los que nunca había tenido constancia. El propio negociado de patrimonio del Ayuntamiento de Jaén el 27 de noviembre de 2006 reconoce que no les consta nada en relación con esta parcela.

Sorprende en este sentido que por NADIE ni en el Ayuntamiento ni en la tramitación de los procedimientos administrativos, se pregunte, se comunique, se avise a una persona que aparecía como titular de terrenos en la UE-30. Y a cambio de no avisar absolutamente nada, se adjudique el Ayuntamiento de Jaén unos metros de procedencia desconocida. Esto es, no avisamos a quien sabemos que es propietario de terrenos y a cambio nos inscribimos unos metros de propiedad de los cuáles no tenemos constancia alguna ni sabemos de dónde proceden.

Nuestro cliente tuvo oportunidad de conocer que se estaban realizando obras en terrenos de su propiedad y de que nadie le había comunicado nada, inició las comprobaciones oportunas para determinar qué había pasado. Con fecha 16 de junio de 2010 presentó un escrito en el Ayuntamiento por el que se ponía de manifiesto todos los hechos acaecidos, se acreditaba que era titular de terrenos afectados por la UE-30 del PGOU y se solicitaba, (i) la nulidad de los actos de aprobación inicial y definitiva del proyecto de Estatutos y bases de actuación, constitución de la Junta de Compensación y del Proyecto de Reparcelación y, (ii) la retrotracción de todas la actuaciones al momento en el que se produjo la infracción o error por parte de esa Administración. El Ayuntamiento, sin embargo, nunca respondió a este escrito.

Años más tarde y tras tener que iniciar el procedimiento contencioso administrativo, el Juzgado de Jaén nos da la razón y determina “la nulidad de los actos administrativos posteriores a la aprobación definitiva del proyecto de estatutos y bases de la Unidad de Ejecución 30 del PGOU de Jaén y posteriores actos administrativos, debiendo retrotraerse las actuaciones al momento de la notificación”.

Nuestro abogados urbanismo, con esta Sentencia, consiguen que se haga justicia y que, a pesar del desarrollo urbanístico y del tiempo transcurrido, se reconozcan los derechos a nuestro cliente.

 

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