Canales de denuncias en el sector alimentario

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canales de denuncia

La obligación de contar con canales de denuncias nace de la Directiva (UE) 2019/1937 sobre protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión. España la transpone mediante la Ley 2/2023, de 20 de febrero, que establece requisitos mínimos para garantizar la confidencialidad, la independencia del sistema y la protección del informante.

Normativa nacional actual

En España, están obligadas todas las empresas privadas con 50 o más personas trabajadoras. También quedan incluidas, aunque no alcancen ese umbral, entidades sujetas a normativa específica (por ejemplo, financiera o de prevención de blanqueo). En el sector alimentario, por su perfil de riesgo y la sensibilidad del consumidor, la implantación del canal es especialmente relevante, incluso de forma voluntaria para compañías de menor tamaño que quieran anticiparse a exigencias de clientes o auditorías.

Una novedad clave es la puesta en funcionamiento de la Autoridad Independiente de Protección del Informante (AIPI) el 1 de septiembre de 2025. Desde esa fecha, este organismo gestionará comunicaciones externas, apoyará a informantes y supervisará el cumplimiento. Esto implica mayor visibilidad y control sobre la calidad de los canales internos y sus procedimientos.

En paralelo, el marco alimentario vigente —etiquetado e información al consumidor, trazabilidad y seguridad alimentaria— continúa plenamente operativo. Los canales de denuncias no sustituye la relación con autoridades sanitarias, sino que la complementa como herramienta de detección temprana.

Requisitos operativos de los canales de denuncias

La Ley 2/2023 fija un conjunto de obligaciones prácticas que deben incorporarse a políticas internas, avisos de privacidad, protocolos y registros. Entre las más relevantes:

Plazos esenciales de gestión

  • Acuse de recibo de la comunicación en un máximo de siete días naturales.
  • Investigación y respuesta dentro de un plazo máximo de tres meses (ampliable en casos complejos).

Confidencialidad, anonimato y documentación

  • Garantía de confidencialidad y, cuando sea posible, anonimato del informante y de terceras personas mencionadas.
  • Mantenimiento de un registro seguro de comunicaciones y actuaciones, limitado a lo necesario y con medidas técnicas y organizativas adecuadas.

Gobernanza y responsable del sistema

  • Nombramiento de una persona u órgano Responsable del Sistema, con independencia, competencias y medios suficientes.
  • Registro del sistema y de la persona responsable ante la AIPI en los plazos establecidos tras su puesta en marcha.

Canales, accesibilidad y transparencia

  • Disponibilidad de canales accesibles (web/intranet, buzón seguro, línea telefónica, reuniones presenciales o virtuales) y procedimiento escrito que explique cómo comunicar.
  • Información clara sobre la existencia de canales externos (AIPI y, en su caso, autoridades autonómicas/sectoriales) y sobre la protección que ampara al informante.
  • Formación periódica a personal clave (RR. HH., Calidad, Producción, Compras y Logística) y programas de sensibilización para plantilla y terceros.

Impacto práctico de los canales de denuncia para empresas alimentarias

En el día a día de una empresa alimentaria, los canales de denuncias debe integrarse con los sistemas de calidad y seguridad existentes. Estos son los ámbitos donde más valor aporta:

Seguridad alimentaria y autocontrol: Permite comunicar de forma segura desviaciones relativas a planes APPCC, controles de temperatura, contaminación cruzada, plagas o incidencias en el almacenamiento y transporte. Una comunicación bien gestionada puede activar protocolos de retirada o recuperación y evitar daños mayores.

Etiquetado, alérgenos e información al consumidor: Incidencias sobre listas de ingredientes, alérgenos, declaraciones nutricionales o de propiedades saludables, legibilidad o fechas de duración mínima/consumo preferente encuentran en el canal un cauce eficaz para su corrección antes de llegar al mercado.

Trazabilidad y relación con autoridades: La trazabilidad one step back–one step forward se beneficia de comunicaciones internas que aporten datos precisos para localizar lotes, proveedores o clientes. En escenarios de riesgo, el canal acelera la coordinación con los responsables de calidad para valorar la necesidad de notificación a las autoridades competentes.

Cadena alimentaria y relaciones comerciales: Los canales de denuncias resultan útiles para identificar prácticas irregulares con proveedores y distribuidores (por ejemplo, condiciones comerciales abusivas o incumplimientos contractuales que impacten en la seguridad o en la información al consumidor).

¿Gestionas una empresa alimentaria y necesitas asegurarte de que los canales de denuncias cumplan la Ley 2/2023 y encajen con tus APPCC, trazabilidad y protocolos de alerta? Consulta con nosotros: realizamos un diagnóstico de tus obligaciones, diseñamos e implantamos el canal (web/teléfono/presencial), redactamos el procedimiento y las cláusulas legales, formamos a tu equipo, integramos el sistema con calidad y seguridad alimentaria y preparamos el registro ante la AIPI. Evita sanciones, gana agilidad ante incidencias y refuerza la confianza de tus clientes y distribuidores. Contáctanos y programa una consulta para comenzar hoy mismo.

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