El Supremo confirma la ilegalidad de las multas de tráfico por ‘foto-rojos’

//El Supremo confirma la ilegalidad de las multas de tráfico por ‘foto-rojos’

La Sala Tercera del Tribunal Supremo (TS) ha anulado la sanción de tráfico por infracción grave captada por el sistema de dispositivos fotorrojos, al no estar sometido al control meteorológico del Estado. En Granada los radares de fotorrojos en 2014 alcanzaron casi el 70% de las multas de tráfico de la ciudad, suponiendo a los conductores 200 euros de multa y la pérdida de 4 puntos en el carnet de conducir.

Mario Arnaldo, presidente de Automovilistas Europeos Asociados, ha cuestionado en múltiples ocasiones el sistema de foto-rojos, ya que “es un sistema que, ni garantiza la seguridad vial, ni la seguridad jurídica, ni la presunción de inocencia de los ciudadanos”.

Concretamente en Granada, múltiples quejas ciudadanas han cuestionado dicho sistema, ya que en muchas ocasiones el sistema ha multado sin cometer infracción alguna. El Ideal detectó en 2015 un par de problemas con dos foto-rojos debido a las decenas de quejas de los ciudadanos. El primer caso que explica el periodista Antonio Sánchez en el artículo del periódico granadino, es el caso del foto-rojo del cruce de Camino de Ronda con Méndez Nuñez, “el sistema no tiene una inteligencia artificial suficiente como para entender que está permitido el desvío hacia la derecha en ámbar y fotografía cada vez que un vehículo pasa con el semáforo principal en rojo” confirma. Otro caso que señaló Sánchez, fue el del foto-rojo de Arabial con Neptuno, “el tiempo que el semáforo se sitúa en ámbar es muy reducido, y la capacidad de reacción para un conductor que se encuentre próximo a cruzar el semáforo es limitada” por ello aunque el conductor cruzase milésimas de segundo después de haberse puesto en rojo, la sanción se emitía y se notificaba días después al conductor.

El consistorio donostiarra ya en 2015 dejó de utilizar este sistema de captación de multas debido a su dudosa legalidad, ya que el Supremo fijó por entonces, que el sistema de ‘foto-rojo’ no estaba sometido al control metrológico en los términos establecidos por la Ley 3/1985, del 18 de marzo.

Arnaldo ha confirmado que las sanciones de 200 euros y 4 puntos impuestas por los Ayuntamientos, han sido anuladas en diversos juzgados y tribunales de España, superando ya el centenar de resoluciones judiciales.

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